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1. FUNDAMENTACIÓN
Corporación Educacional Futuro, entidad sostenedora del Colegio Puerto Montt, Establecimiento Educacional Particular Subvencionado, adherido al sistema de Financiamiento Compartido (FICOM), el cual tiene por objetivo asegurar a todas las personas el ejercicio del derecho a la educación, tal como señala la constitución Política de la República, tratados internacionales ratificados por Chile, y demás normativa legal vigente que regula esta materia.
El siguiente reglamento de becas tiene por finalidad regular el procedimiento, mecanismo de selección y requisitos para postular a la beca para estudiante con problemas socioeconómica.
2. REFERENCIA
DFL 2 / 1998 : Sobre subvenciones del Estado a Establecimientos Educacionales.
Decreto 478: Aprueba reglamento que establece los procedimientos que pone termino al financiamiento compartido, de conformidad a los articulos vigésimo primero transitorio y siguientes de la ley 20.845.
Ley 20.84 : De inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado
3. CONSIDERACIONES GENERALES
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En conformidad a lo dispuesto en el Titulo II, artículos 4º y 5º del Decreto 478, el Colegio Puerto Montt contará con un fondo de becas activo y disponible para todos sus estudiantes, esto dado que es un Colegio Particular Subvencionado con Financiamiento Compartido.
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Todas las bases normativas de dicho fondo de becas, tanto en su monto, asignación y otros detalles se encuentran en el Título II del Decreto de Fuerza de Ley N°2 DE 1998 del Ministerio de Educación.
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El beneficio de Beca de Financiamiento Compartido, consiste en la eximición de una parte del copago por escolaridad que debe cancelar el Sostenedor Financiero del estudiante, de acuerdo con los montos y fechas indicados en el contrato de prestación de servicio educativo.
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La Comisión de Calificación y Selección de Becas, estará integrada por; los Departamentos de Atención a Familias y Finanzas. Dicha comisión será la encargada de revisar y determinar la asignación del beneficio, siempre considerando que los 2/3 de dicho fondo se entregue basándose específicamente en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica, tal indica el DFL N°2 de 1998.
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Todos los alumnos matriculados en el establecimiento educacional, según la normativa vigente y el presente reglamento, tienen derecho a postular al fondo de becas.
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Para aquellos alumnos que tienen la calidad de prioritarios, NO es necesario efectuar el proceso de postulación; puesto que, cuentan con el beneficio de gratuidad de acuerdo con la Ley de Subvención Escolar Preferencial, (S.E.P). El apoderado es responsable de verificar la condición de su hijo/a para el año 2023, y presentar el certificado de alumno prioritario al momento de matricula.
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Se debe entender que la sola postulación a la beca no implica necesariamente la adjudicación de esta, ya que como se indicó anteriormente el colegio, tal cual mandata la ley, cuenta con un fondo de becas limitado, cuyo monto es determinado por dicha ley, por lo que no es posible entregar en este proceso, becas por sobre dicho monto establecido.
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El establecimiento NO cuenta becas por hermanos.
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El tiempo de vigencia de la beca para el año escolar 2023, será desde marzo a diciembre de dicho año.
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La asignación del porcentaje de becas será de un 20% sobre el costo anual de la colegiatura. Cabe mencionar que esto dependerá de las variables e indicadores a evaluar, de acuerdo con lo señalado en la siguiente tabla.
VARIABLE
PONDERACIÓN
Ingreso Per cápita del hogar
Registro Social de Hogares (RSH)
Factores de riesgo (Enfermedad)
40%
30%
30%
TOTAL PONDERADO
100%
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Toda la información entregada por los apoderados en la postulación de becas se considerará veraz y transparente, por lo que, el apoderado postulante será responsable legalmente de cualquier acción u omisión en la entrega de los datos que no se apegue fielmente a la realidad.
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De comprobarse la falta de veracidad de los datos proporcionados por el apoderado, el estudiante perderá la asignación del beneficio, previa evaluación del comité.
DEFINICIÓN DE VULNERABILIDAD
Se entenderá como estudiante en condición de vulnerabilidad socioeconómica a aquel que, evaluada su situación económica, social y familiar, refleje una imposibilidad a sus padres, apoderados y/o tutores legales de dar cumplimiento a las mensualidades que se establece el contrato de prestación de servicios educacionales del año respectivo.
4. ANTECEDENTES Y REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN A BECA
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Ser alumno regular del Colegio Puerto Montt.
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Acreditar situación de vulnerabilidad socioeconomica presentando la siguiente documentación:
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Cartola de registro social de hogares actualizada a agosto de 2022.
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Últimas tres liquidaciones de sueldo de los padres y/o jefe de hogar.
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Finiquito actualizado en caso de que el sostenedor financiero se encuentre cesante (copia legalizada ante notario)
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De ser necesario, presentar certificado médico actualizado a la fecha del jefe de hogar y/o algún familiar directo del estudiante; entendiendo este último como: padres y hermanos/as que acredite una patología y/o enfermedad limitante y que incurran en gastos por concepto de medicamentos (deben presentar boletas actualizadas de los incurridos).
Es requisito obligatorio que no se mantengan deudas pendientes al momento de postulación al fondo de becas del Colegio Puerto Montt.
MECANISMO DE POSTULACIÓN
La postulación se realizará única y exclusivamente mediante el formulario digital disponible en la página web del colegio www.colegiopuertomontt.cll. No se recepcionará documentación en forma presencial, pues que, los datos se completan en línea mediante la plataforma, junto con ello, se deberá adjuntar la documentación en formato PDF.
FECHAS IMPORTANTES
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Desde el 09 al 30 de septiembre inicio postulación al fondo de becas año 2023 (postulación vía online)
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Desde el 03 al 14 de octubre proceso de revisión de documentos a cargo de la comisión evaluadora.
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Desde el 17al 26 de octubre entrega de resultados mediante la plataforma de Syscol (Notasnet)
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Desde 01 al 11 de noviembre el apoderado debe acercarse al Departamento de Atención a Familias y firmar la carta de resultado de becas año 2023, de acuerdo con el día y hora informada previamente en la página web del colegio.
NOTA: Recuerde que el beneficio se hará efectivo, únicamente si el apoderado se acerca al establecimiento a firmar la carta de resultado de becas.
RESULTADOS Y RESOLUCIÓN DE ASIGNACIÓN DE BECA
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Los resultados de las becas serán entregados en línea, mediante la plataforma Syscol.
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Según las Normas Ministeriales, al momento de tomar conocimiento del resultado de la postulación a la Beca el apoderado deberá firmar documento en duplicado quedando una copia para el postulante y otra para el colegio.
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En la página web del colegio se publicará el calendario señalando el día y hora en que el apoderado de cada curso debe acercarse al establecimiento a firmar la carta de becas año 2023.
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Se entenderá que, todo aquel apoderado y/o tutor legal que no se acerque al establecimiento a firmar la carta, en el día y horario preestablecido, NO se hará efectivo el beneficio.
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Se deja constancia que, según la normativa legal, la lista de estudiantes becados es de carácter reservado, por lo tanto, no se hará público y no se entregará información sobre otros postulantes.
Nombre Establecimiento: Colegio Puerto Montt.
RBD: 22306-9
Tipo de Establecimiento: Particular Privado, con Financiamiento Compartido y Subvención.
Niveles de Enseñanza: Nivel medio mayor – Ed. Básica – Ed. Media Científico humanista.
Fono: 652-485430
Correo electrónico: contacto@colegiopuertomontt..cl
Ubicación: Egaña 270, Puerto Montt
Sostenedor: Corporación Educacional Futuro
Última actualización: 09 de septiembre del 2022